¿Tu pareja es española o europea?
Existen tres vías para conseguir la Tarjeta de Familiar de Comunitario, te las contamos:
La primera sería el matrimonio. En España se puede contraer matrimonio aunque estés en situación irregular, pero tendréis que pasar por el expediente matrimonial previo ante el Registro Civil.
La segunda opción es registrarse como pareja de hecho en el Registro de Parejas de la Comunidad Autónoma en la que viváis. Los requisitos suelen ser similares en todas las Comunidades, pero existen algunas diferencias. A veces piden un tiempo de convivencia precio, a veces simplemente con acudir al notario y constituir la pareja de hecho será suficiente.
La tercera y última opción es la pareja estable debidamente probada. Para solicitar la Tarjeta de Familiar de Comunitario como pareja estable tendréis que demostrar: o bien que lleváis conviviendo (en España o fuera) al menos 1 año; o bien que tenéis hijos en común. Para acreditar la convivencia lo más fácil es el empadronamiento, aunque se puede conseguir también con documentos tipo contrato de alquiler, cuentas bancarias, etc.
Tened en cuenta que en la Oficina de Extranjeros de Barcelona ya no piden para las parejas (registradas o no) el certificado de estado civil. Y también que, a veces, os pueden hacer pasar por una entrevista familiar en la Policía Nacional para comprobar que vuestra relación es real y no por conveniencia.
Si quieres que te ayudemos con el trámite, puedes escribirnos a hola@pangeaadvocats.com
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