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Foto del escritorJudit Moreno Alonso

Subvenciones a la contratación de personas para el cuidado de personas mayores o dependientes

El gobierno de la Generalitat de Catalunya ya lo había anunciado hace algunos meses, pero desde el pasado 4 de agosto ya se pueden solicitar las ayudas para la contratación de empleadas del hogar para el cuidado de personas mayores o dependientes. Se trata de una ayuda económica, única y directa que recibe la persona empleadora que ofrezca un contrato de trabajo de 12 meses. El valor de la subvención es de 2.685 €, que corresponden al coste de la cuota de la Seguridad Social durante 1 año. Veamos entonces cuáles son los requisitos para solicitarla...



Requisitos de la empleadora:

  1. Tener más de 18 años.

  2. Estar empadronada y residir legalmente en un municipio de Catalunya.

  3. Tener unos ingresos brutos anuales de la unidad familiar comprendidos en los lindares siguientes, según cuántas personas conformen la unidad familiar*:

* Por unidad familiar se entiende la unidad de convivencia, formada por cónyuges o parejas de hecho registradas y los ascendientes y descendientes de primer grado y línea directa. Además, si la persona que solicita la subvención es una persona mayor o dependiente que recibe una aportación económica de sus hijos, estos se considerarán parte de la unidad familiar aunque no convivan en el mismo domicilio.


Requisitos de la trabajadora:

  1. Llevar, al menos, 2 años sin estar dada de alta en la Seguridad Social, a contar desde la fecha de la firma del contrato de trabajo.

  2. Si no tienen nacionalidad Europea, además:

    1. Que tengan permiso de residencia y trabajo vigente; o

    2. Que no tengan un permiso de residencia y trabajo vigente, pero cumplan con los requisitos de la normativa de extranjería para solicitar el arraigo social, es decir:

      1. 3 años de permanencia continuada en el estado español.

      2. No tener antecedentes penales en España ni el país de origen.

      3. Disponer del informe de arraigo social que emite la propia Generalitat de Catalunya.

En el caso de que se trate de una contratación parcial de una persona extranjera en situación irregular, deberá comprobarse la presentación de diferentes solicitudes de ayuda para la contratación de la persona extranjera que tienen que cumplir 2 condiciones:

  1. La suma de salarios ha de ser igual o superior el SMI (13.300 €).

  2. La suma de las jornadas semanales contratadas ha de ser mínimo, de 30 horas.


Requisitos del contrato de trabajo:

  1. Duración: 12 meses, mínimo.

  2. Jornada: completa (40 horas semanales) o parcial, por un mínimo de 10 horas semanales.

  3. Tipo de contrato: para el cuidado de personas mayores o dependientes. Quedan excluidas, por tanto, los contratos para la realización de otras tareas domésticas como la guardería, jardinería, conducción de vehículos, dirección o cuidado del hogar en conjunto o en parte.

  4. Retribución: Igual o superior a la establecida como Salario Mínimo Interprofesional para jornada completa y cómputo anual, para el año 2020 está establecido en 13.300 €.

  5. Lugar de prestación del servicio: en el domicilio de la persona empleadora.


Si crees que cumplís con los requisitos que piden, la persona empleadora tendrá que solicitar la subvención de forma ONLINE aquí, antes del 10 de septiembre, para lo que necesitará tener uno de los siguientes sistemas de identificación digital:

  1. Certificado cualificado de firma avanzada idCAT que emite el Consorci Administració Oberta de Catalunya.

  2. Certificado electrónico, DNI electrónico u otros certificados cualificados.

  3. Sistema idCAT Mòbil.

Las solicitudes se resolverán en estricto orden cronológico de entrada. Si tenéis dudas, podéis llamar al 012 o poneros en contacto con alguna de las entidades colaboradoras. Os dejamos el enlace con toda la información sobre la subvención para que podáis ampliar la información que necesitéis: https://treball.gencat.cat/ca/ambits/ocupacio/curallar/ajutcontractaciocuradelallar/


¡Esperamos que os sea de ayuda!

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